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¿Cuáles son las reclamaciones a las compañías aéreas más frecuentes?

Las reclamaciones a las compañías aéreas cada vez son más habituales. Las incidencias que se producen en los viajes en avión han aumentado de manera considerable en los últimos años y, por si no fuera suficiente, a la hora de hacer la reclamación correspondiente para solventar el problema, se complica el procedimiento debido a las trabas que, tanto las agencias como las compañías aéreas, ponen.

En EXIGE contamos con abogados especializados en reclamaciones a las compañías aéreas para asesorarte en este tema y ver qué se puede hacer. 

1. Reglamentos y entidades designadas para regular el transporte aéreo

Como usuarios y consumidores, deberíamos conocer la existencia diferentes reglamentos e instituciones a los que podemos acudir en caso de necesitar realizar una consulta. Dos ejemplos de ello son:

  • Reglamento CE 261/04 del Parlamento Europeo. Este documento establece las normas comunes sobre la asistencia de los pasajeros y las compensaciones correspondientes a las diferentes incidencias que puedan ocasionarse en los desplazamientos en avión. Se aplica en los vuelos que salen de un aeropuerto que pertenezca a la UE, Islandia, Noruega o Suiza; también cuando un vuelo se dirija a un aeropuerto de alguno de los destinos anteriormente citados.
  • La autoridad que vela por los reglamentos del consumidor en el ámbito del transporte aéreo y a la que cualquier pasajero puede reclamar sus incidencias en España es la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
No lo piense más, deje que EXIGE ABOGADOS revise su caso ante una incidencia con una compañía aérea. 

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2. Reclamaciones más habituales a las compañías aéreas ante incidencias

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Afortunadamente para el usuario, las incidencias que ocurren con mayor frecuencia son las que se recogen en alguno de los diferentes Reglamentos. En este artículo de nuestro blog, desde EXIGE, abogados especialistas en Valladolid, te explicamos cuáles son las reclamaciones a las compañías aéreas más frecuentes entre los viajeros.

Cancelación de vuelos

Si el pasajero se encuentra en el aeropuerto y recibe un comunicado de que el vuelo ha sido cancelado, deberá solicitar una reclamación en el mostrador de la aerolínea. Además, es recomendable que conserve las facturas de todos los gastos que se pueden asociar al incidente.

Los derechos del pasajero en caso de cancelación del vuelo son los siguientes:

  • Derecho de Información: la propia aerolínea debe ofrecer a los usuarios un documento en el que vengan recogidos todos los derechos a los que pueden optar.
  • Derecho de atención: La compañía aérea debe ofrecer a los pasajeros durante el tiempo de espera a su próximo despegue: comida y bebida, acceso al correo electrónico o dos llamadas telefónicas. Además, en caso de que este retraso suponga una necesidad de pernoctar, debe encargarse del alojamiento y del transporte para llegar a él. Es importante conocer esta información para, en el caso de que la compañía no cumpla, guardar los recibos de cada gasto realizado en el periodo de tiempo de retraso del vuelo para poder reclamarlo después.
  • Derecho de transporte alternativo o de reembolso: la aerolínea debe ofrecer a sus pasajeros tres posibilidades:
  • Reembolso completo del billete (incluyendo la vuelta al origen en el caso de que fuera necesario por imposibilidades en los trayectos).
  • Transporte alternativo al destino final: mismas condiciones y lo más rápido posible.
  • Transporte alternativo en otra fecha a determinar por el pasajero.
  • Derecho de compensación: Los usuarios tienen derecho a una compensación económica que oscila entre los 250€ y los 600 €, en función de la distancia del trayecto aéreo. Si bien estas cifras pueden reducirse en un 50 % si la aerolínea ofrece medios de transporte alternativos y cumple unos objetivos en relación al tiempo de vuelo hasta el destino final.

Retraso del vuelo

A excepción de circunstancias extraordinarias como Riesgos para la seguridad o Inestabilidad política en el país de origen/destino, cuando los retrasos programados superen las dos horas a la salida o las tres horas a la llegada, los pasajeros pueden reclamar primero a la compañía aérea y luego a AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea). La compensación oscila entre 250 y 600 €.

Cuando un vuelo sufre un retraso en la salida, los pasajeros cuentan con los siguientes derechos:

  • Derecho de Información: la propia aerolínea debe ofrecer a los usuarios un documento en el que vengan recogidos todos los derechos a los que pueden optar.
  • Derecho de atención: La compañía aérea debe ofrecer a los pasajeros: comida y bebida, acceso al correo electrónico o dos llamadas telefónicas. Además, en caso de que este retraso suponga una necesidad de pernoctar, debe encargarse del alojamiento y del transporte para llegar a él. Es importante conocer esta información para, en el caso de que la compañía no cumpla, guardar los recibos de cada gasto realizado en el periodo de tiempo de retraso del vuelo para poder reclamarlo después.
  • Derecho al reembolso: en el caso de que el retraso sea de cinco horas o las supere, el pasajero puede decidir no viajar. En este caso tiene derecho a recibir un reembolso íntegro del billete que compró.
  • Derecho de compensación: un viajero puede reclamar su derecho a una compensación económica si llega a su destino final tres o más horas tarde del horario previamente establecido. La cantidad a compensar dependerá de la distancia al destino.

Pérdida de un vuelo de conexión por retrasos

A excepción de circunstancias extraordinarias como una huelga de controladores o una meteorología adversa, la pérdida de un vuelo de conexión por haber sufrido un retraso en el primer vuelo supone a la compañía aérea la localización de un nuevo vuelo alternativo como solución ante una reclamación del viajero. Sin embargo, esta nueva alternativa de viaje propuesta para los clientes, no asegura que puedan volar el mismo día en que ocurre la incidencia; por lo que, es necesario recalcar que, en función del tiempo de espera que supone este cambio de trayecto se pueden reclamar diferentes derechos del pasajero.

Los derechos del pasajero en función de las horas de retraso pueden ser:

  • Retraso de más de dos horas en vuelos de hasta 1.500 Km: la aerolínea debe ofrecer a los viajeros afectados comida y bebida. La compañía debe proporcionar dos llamadas telefónicas o facilitar el envío de dos correos electrónicos a los afectados.
  • Retraso de más de tres horas en vuelos de entre 1.500 Km hasta 3.500 Km: la aerolínea debe ofrecer a los viajeros afectados comida y bebida. La compañía debe proporcionar dos llamadas telefónicas o facilitar el envío de dos correos electrónicos a los afectados.
  • Retraso de más de cuatro horas en vuelos que superan los 3.500 Km: la aerolínea debe ofrecer a los viajeros afectados comida y bebida. La compañía debe proporcionar dos llamadas telefónicas o facilitar el envío de dos correos electrónicos a los afectados.
  • Retraso del vuelo superior a cinco horas: la compañía aérea debe permitir cancelar el vuelo al pasajero para devolverle el dinero lo antes posible o facilitarle un transporte alternativo que permita al viajero llegar, a la mayor brevedad posible, a su destino final o al lugar del que partió.
  • Retraso del vuelo para el día siguiente a la incidencia: la compañía aérea debe cubrir los gastos por el alojamiento y los traslados del aeropuerto al hotel y viceversa.
  • Además, existen compensaciones económicas por la pérdida de un vuelo de conexión:
    • Hasta 250€ por un retraso superior a tres horas y una distancia total del viaje de hasta 1500km
    • Hasta 400€ por un retraso superior a las tres horas y una distancia total de más de 1500 Km, pero menor a 3.500 Km.
    • Hasta 600€ por un retraso superior a las cuatro horas en vuelos en la Unión Europea de trayectos de más de 3500 Km.

Incidencias relativas al equipaje

Ante sucesos como la pérdida, roturas o retrasos del equipaje de los pasajeros, la compañía tendrá la responsabilidad de solventar en daño causado. Ante cualquier tiempo de irregularidades en el equipaje, si se puede, es importante comunicarlo antes de abandonar el aeropuerto.

En lo que se refiere a equipajes no facturados, la aerolínea solamente será responsable si los causantes del daño o perjuicio son trabajadores de la compañía.

Si ha sufrido alguna de estas incidencias recientemente, le recomendamos reclamar cuanto antes. En EXIGE contamos con abogados en Valladolid especialistas en solucionar este tipo de perjuicios con las compañías aéreas.

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Especialistas en este Área

José Luis Pérez Ortega SOCIO DIRECTOR - Especialista en Derecho Bancario, de Consumo y Penal
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Separaciones y divorcios.
Máster en Comercio y Distribución Comercial.
Colegiado ejerciente en el Ilustre colegio de abogados de Valladolid desde 1998.
Aroa González Cañibano SOCIA DIRECTORA - Especialista en Derecho Bancario, Laboral y Civil
Aroa González Cañibano
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Colegiada ejerciente en el Ilustre colegio de abogados de Valladolid desde 2009.
Agente de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

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Publicado por:

Aroa González Cañibano SOCIA DIRECTORA - Especialista en Derecho Bancario, Laboral y Civil
Aroa González Cañibano
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Colegiada ejerciente en el Ilustre colegio de abogados de Valladolid desde 2009.
Agente de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
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There are 2 comments on this post
  1. diciembre 25, 2023, 3:30 pm

    tadalafil

    tadalafil

  2. diciembre 29, 2023, 5:32 pm

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