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Nulidad de la Cláusula Suelo existiendo acuerdo privado posterior

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¿Ha firmado un acuerdo privado con el Banco que reduce su cláusula suelo? ¿Conoce que puede reclamar lo debidamente impagado a pesar de tener firmado ese acuerdo?

En EXIGE ABOGADOS reclamamos los debidamente impagado y solicitamos la nulidad de la cláusula suelo de su préstamo hipotecario por ser considerada una clausula abusiva aunque exista un acuerdo privado posterior.

Viene siendo práctica habitual de algunas Entidades Bancarias proponer a los consumidores que se firme un acuerdo entre los afectados y el Banco en el que se reduce el tipo de interés de la clausula suelo, pero sigue existiendo la misma. En nuestro equipo profesional también hemos observado acuerdos privados que bajan el tipo de interés pero lo limitan en el tiempo.

Sin embargo, el 16 de octubre de 2017 el Tribunal Supremo dictó una Sentencia en la que se recogía que cláusulas suelo abusivas deben anularse siempre aunque se hayan firmado un acuerdo privado entre los afectados y el Banco en el que se rebaje la clausula suelo bien de manera permanente o bien temporalmente.

En el fallo de la Sentencia se recoge que los demandantes habían firmado una hipoteca que contenía una cláusula suelo de la que no se les informó; después de la firma, pactaron una reducción de las condiciones de esa cláusula, un acuerdo privado entre los clientes y el Banco.

El Tribunal Supremo recogió que las clausulas suelos son nulas desde el momento en el que se firma por lo que el hecho de que se firme después un acuerdo por el que se reduce esa clausula pactada no va a afectar a la nulidad pues como se ha indicado la clausula es nula de pleno de derecho desde el momento en que se constituyó el prestamos al ser nula la cláusula desde el momento de su firma, la reducción pactada posteriormente no afecta a esa nulidad.

En esta pionera Sentencia se condenaba a Banco Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria que es la entidad en la que se firmó el préstamo a devolver todas las cantidades que se habían cobrado por aplicación de esta cláusula.

Esta Sentencia hace que se puedan reclamar por los consumidores aquellas cantidades que no debieron abonar por aplicación de la cláusulas que hayan sido declaradas nulas aunque se hayan firmado pactos o acuerdos posteriores a la firma del préstamo que las recogía.

El fallo judicial de esta novedosa sentencia reconoce que los firmantes no habían sido informados de la existencia de esa cláusula suelo, así que atribuyeron “mala fe” al banco y le reclamaron la reducción del suelo del préstamo al 2,5%, a lo que el banco accedió.

En EXIGE ABOGADOS solicitamos se declare la nulidad de las cláusulas abusivas de su préstamo hipotecario y que se devuelvan las cantidades que le hayan cobrado de más aunque usted haya firmado un acuerdo posterior en el que se rebaje el tipo de interés de esa cláusula.
Contacte con nosotros en el 615.590.733 o en el 983.20.18.02 o a través de exige@exigeabogados.es y nuestros profesionales le ayudarán.

Revisamos gratuitamente su hipoteca y su acuerdo posterior. ¡¡PRIMERA CONSULTA GRATUITA!!

Aroa González Cañibano

SOCIA DIRECTORA - Especialista en Derecho Bancario, Laboral y Civil

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